El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) enviará al Parlamento un proyecto de ley que establecerá que las empresas deberán notificar con anticipación al gobierno y a las organizaciones sindicales cualquier despido colectivo o cese de actividades, así como sus causas. La iniciativa apunta a garantizar instancias de consulta y evaluar alternativas que permitan mitigar el impacto laboral y social de estas decisiones.
La iniciativa anunciada por el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Castillo, y confirmada por el subsecretario de la cartera, Hugo Barreto, surge como respuesta a la preocupación por la forma “de un minuto para el otro” en que algunas compañías han comunicado despidos en los últimos tiempos, incluso mediante “estados en redes sociales”.
El objetivo central, explicó el jerarca, es “contar con un plazo que permita a las autoridades y a los sindicatos explorar alternativas antes de que las decisiones empresariales se concreten”.
Castillo señaló que el proyecto se basará en convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que exigen notificación previa. Subrayó que “la anticipación es clave”, ya que una comunicación formal permite al gobierno actuar como “mediador, facilitar el diálogo o procurar nuevos inversores, algo que cuesta muchísimo tiempo más que el propio cierre”.
El secretario de Estado remarcó que “la moda que se ha instalado en los últimos tiempos ha llevado a que incluso se comunique por estado en redes sociales o videos”. Recordó que “este año empezó con la retirada del país de Yazaki, que dejó 1.200 trabajadores sin empleo de la noche a la mañana”, lo que genera “dificultades y preocupación al Ejecutivo”.
Insistió en “la necesidad de recurrir a un convenio internacional que hable sobre el anticipo”, reiterando que la decisión de un despido colectivo “se tiene que anunciar previamente, a los efectos de tomar medidas” por parte del gobierno.
“Si el gobierno tiene información, lo primero que hace es comunicar a las partes, tratar de reunirse. Si los problemas por los que una empresa se retira o cierra tienen una alternativa, nosotros estamos dispuestos a encontrarla. Despedir o cerrar una empresa es de un minuto para el otro. Buscar nuevos inversores o tratar de abrir una nueva industria a veces cuesta muchísimo tiempo más y esa es una parte que también preocupa”, dijo.
El despido libre es una asignatura pendiente
Por su parte, el subsecretario del MTSS, Hugo Barreto, sostuvo que Uruguay aún tiene “una asignatura pendiente” en materia de regulación de los procedimientos de terminación de la relación laboral. Recordó que la tradición nacional es la del llamado “despido libre”, donde las empresas pueden finalizar la relación de trabajo sin previo aviso y sin justificación.
Según Barreto, esta situación, que “debería haber ameritado una solución en su momento, se ve agravada por hechos recientes”. Mencionó los despidos colectivos del año pasado en una empresa de reparto, anunciado a través de redes sociales; y el retiro de la autopartista Yazaki concretado sin ningún procedimiento previo y en base exclusivamente a la voluntad unilateral del empleador”.
Dijo que esta práctica “es un poco contraria al sentido común, ya que en la vida cotidiana las personas suelen dar explicaciones sobre sus actos, mientras que en el ámbito laboral, donde está en juego la privación del empleo, se consagra la libertad absoluta del empleador para no dar un preaviso suficiente ni justificar el despido”. Esto puede generar “suspicacia sobre posibles motivos inconfesables, incluso discriminatorios”.
Barreto señaló que es momento de impulsar una propuesta que contemple dos mejoras sustantivas, por un lado la obligación de dar causa a los despidos y, a la vez, la generación de un preaviso que permita al Ministerio de Trabajo y a los sindicatos contar con un tiempo razonable para abrir un espacio de consulta y evaluar alternativas.
En ese sentido, ejemplificó con un caso exitoso aun sin marco legal, el de ISUSA, que hizo pública su situación de dificultades mediante una solicitada. “Aunque no anunció decisiones concretas, esa comunicación generó un ámbito de consulta, negociación y apoyo, activando instrumentos laborales como la recalificación de trabajadores o el seguro de desempleo, y permitiendo analizar los efectos del eventual impacto en el empleo”.
Barreto explicó que el convenio 158 de la OIT -que el MTSS propone que Uruguay ratifique- no fija un período específico para dar aviso, aunque sí establece la obligación de notificar a la autoridad pública y a la organización sindical cuando corresponda. Recordó que en la Unión Europea una directiva de 1998 establece que el preaviso no debe ser menor a 30 días, pero aclaró que no es aplicable automáticamente al caso uruguayo.