
La economista Alejandra Picco, coordinadora técnica del Instituto Cuesta Duarte, advirtió que los lineamientos del Poder Ejecutivo para la 11ª Ronda de Consejos de Salarios presentan cambios “complejos” que trasladan la responsabilidad del ajuste salarial a la evolución de la inflación y la nueva “inflación subyacente”. Picco remarcó la necesidad de que el movimiento sindical acuerde criterios comunes para evitar "dispersión" en la negociación.
El pasado 3 de julio, el Poder Ejecutivo presentó sus lineamientos para la 11ª Ronda de Consejos de Salarios del sector privado ante el Consejo Superior Tripartito.
En tanto, este lunes 14 de julio se realizó, en la sede del PIT-CNT, la segunda actividad preparatoria con el objetivo de “aunar criterios generales de negociación, a nivel de los grupos madre, con anterioridad a la apertura de las mesas”.
Durante esta instancia se expusieron los lineamientos propuestos por el Ejecutivo y se abordaron aspectos clave sobre cómo interpretarlos y qué implican para las y los trabajadores. Asimismo, se sumaron comentarios sobre la inflación, la inflación subyacente y los correctivos finales de la 10ª Ronda.
Actualmente, de un total de unas 252 mesas registradas, en 166 las resoluciones correspondientes a la 10ª Ronda vencieron el pasado 30 de junio. En otras tres, los vencimientos se darán entre julio y agosto; mientras que unas 16 mesas más tienen vencimiento hacia fin de año. Todas estas negociaciones involucran a alrededor de 745 mil asalariados formales del sector privado, es decir, aproximadamente el 75% del total. Las 61 unidades restantes negociarán más adelante, en 2026 o después.

Principales lineamientos del Ejecutivo
La propuesta del Poder Ejecutivo establece una duración de dos años para las resoluciones, ajustes salariales con periodicidad semestral y componentes nominales de ajuste por todo concepto, organizados según franjas de ingreso salarial. Se definen tres franjas: Franja I, hasta 38.950 pesos mensuales. Franja II, entre 38.950 y 165.228 pesos mensuales y Franja III, más de 165.228 pesos mensuales.
Para las franjas I y II se contemplan mecanismos de corrección para evitar la pérdida del salario real, un correctivo intermedio, al año, y un correctivo final, a los dos años. Para la franja III no se prevé ningún correctivo (desindexación total).
El correctivo intermedio se activará si los ajustes de la franja I resultan inferiores a la inflación subyacente más un margen de tolerancia de 0,5%. En la franja II, se activará si los ajustes quedan por debajo de la inflación subyacente más un margen de 1%. El correctivo final (solo en caso de resultar en más) se calculará como la diferencia entre el total de ajustes (incluido el correctivo intermedio, si corresponde) y la inflación efectiva (IPC).
La inflación subyacente -o inflación con exclusiones- es un indicador nuevo en esta negociación. Se define como “la medida de la inflación una vez eliminados los precios de los bienes más volátiles, como frutas, verduras y, en Uruguay, también el precio de los combustibles (precio administrado)”. De este modo, refleja la tendencia estructural de la inflación, evitando que variaciones temporales en productos volátiles impacten en el resto de los precios de la economía a través de los ajustes salariales.
Lectura de los lineamientos
La economista Alejandra Picco, coordinadora técnica del Instituto Cuesta Duarte, explicó que, una vez conocidos los lineamientos del Ejecutivo, desde el Instituto se elaboraron comentarios para interpretar estas pautas, que presentan “algunas diferencias y complejidades respecto a la forma en que se venía negociando”.
“Es importante contar cómo se deben leer estos lineamientos y qué implicancias pueden tener, porque al cambiar el formato de los ajustes, no es tan sencillo. Esos cambios pasan de ajustes salariales que contemplaban distintos componentes -una parte vinculada a la evolución de la inflación y otra al crecimiento o recuperación real- a ajustes nominales por todo concepto, sin certeza de cómo impactarán en el salario real, pues quedan muy atados a lo que ocurra con la inflación”, explicó la economista.
Agregó que buena parte de las inquietudes, que ya se plantearon en el Consejo Superior Tripartito, refieren a “cómo adecuar estos lineamientos generales a las particularidades sectoriales”. Por ejemplo, cómo se relacionan las franjas salariales con las cargas horarias, cómo evolucionarán en el tiempo y qué consecuencias tendrán sobre los ingresos, además de la aplicación de los correctivos. “Ahora, más que el correctivo final, el intermedio introduce cambios y conceptos como la inflación subyacente y un margen de tolerancia para su activación”, detalló.
Picco remarcó la importancia de unificar criterios. “Básicamente fue poner en común los lineamientos y también que el movimiento sindical pueda aunar criterios de aplicación, que sería deseable que se acordaran en los grupos madre para generar menor dispersión en la negociación y en la aplicación”.

La economista expresó que la inflación mide la evolución del poder de compra de los hogares a partir de una canasta de consumo. “La inflación subyacente surge cuando se eliminan de esa canasta precios más volátiles -frutas, verduras y combustibles- para conocer la evolución real de los precios estructurales. Lo que se busca es evitar que incrementos temporales en precios volátiles, que luego bajan, se trasladen de forma estructural a la economía mediante ajustes salariales. Es como un camino hacia la desindexación, o al menos a no introducir esas variaciones volátiles en los salarios”.
Sobre el marco general de negociación, Picco subrayó que estos lineamientos son la propuesta del Ejecutivo. “Generalmente, en cada unidad los empresarios tratan de moverlos en un sentido y nosotros en otro. Esta es una muestra de dónde se va a parar el Ejecutivo si no hay acuerdo. La experiencia de las 10 rondas anteriores muestra que, salvo pocas excepciones, la mayoría negocia dentro de estos lineamientos, ajustes, periodicidad y algunos aspectos que pueden variar, pero son pocos los casos donde se decide negociar con reglas propias”.
Picco destacó que todos los beneficios y derechos incorporados a través de la negociación colectiva a nivel sectorial “permanecen, así lo establece la ley, a menos que un nuevo acuerdo los elimine o sustituya por otros”. Recordó que “en el gobierno anterior se puso en tela de juicio la ultraactividad, pero eso abarca a los convenios colectivos (acuerdos entre partes) y no a las resoluciones del Consejo de Salarios, que tienen valor de resolución tripartita. Además, las leyes no deberían aplicarse retroactivamente, sino siempre con una mirada hacia adelante”.
Cláusulas no salariales
Por último, el Instituto Cuesta Duarte volvió a plantear la incorporación de cláusulas no salariales que se trabajaron en los dos últimos Consejos de Salarios y que se suman a esta ronda. Entre ellas se destacan: protección y cuidados; capacitación y formación profesional; defensa del empleo; teletrabajo; reducción de la jornada laboral; justificación de las causas de despido; implementación del Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso; creación de la Comisión Interinstitucional Tripartita para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (CTIOTE); cláusulas sobre violencia basada en género y acoso laboral; corresponsabilidad de género en los cuidados; violencia y acoso en el mundo del trabajo y culminación de ciclos educativos.